A finales de 1436 el cabildo de Tui, que se había anexionado el monasterio de Budiño el año anterior con bula papal (cf.
FICHA nº 36: https://juliomontanes.synology.me/bases/budinho/?-table=budinho&-action=browse&-cursor=0&Numero=36), decidió nombrar un capellán para la iglesia de Budiño, el cual: “ovesse por clerigar o dito monasterio, segondo seu costume et ennas coisas que lle fosen estabeleçidas, a renda que d'antes tinhna et a renda d'aljam et a luituioça de todo o ano et os panos de meenfesto [1]” (GALINDO ROMEO (1923), p. 85 y nota 58). Consta también que el cabildo tudense se hizo cargo de los escasos libros litúrgicos que conservaba el priorato, y que en 1463 recibió “Hun Briviario grande do moesteiro de Bodinno”, hoy perdido (GALINDO ROMEO (1923), p. 99).

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[1] La
renda d'aljam (=renta de la aljama) era la que pagaban las comunidades judías, la luituioça (=luctuosa) era un impuesto sucesorio consistente en una res o una alhaja que los herederos de un difunto tenían que entregar al párroco, y los panos de meenfesto consistían en el derecho del sacerdote de quedarse con la mejor pieza de ropa de vestir de cada vecino casado, viudo o viuda que falleciese en la parroquia.

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REFERENCIAS:

GALINDO ROMEO, Pascual,
Tuy en la Baja Edad Media: Siglos XII-XV, Tip. de la Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos / Tall. Edit. de El Noticiero, Madrid-Zaragoza, 1923.
GONZÁLEZ MONTAÑÉS, Julio I.,
O Mosteiro de San Salvador de Budiño e a ‘Terra de Toroño’, Instituto de Estudios Vigueses. Colección Vigo na memoria, Vigo, 2011, p. 39. Disponible: http://teatroengalicia.es/descargas/budinho.pdf.